MINEDU PROMUEVE REVALORIZACIÓN DE DOCENTES

MINEDU DA A CONOCER MEDIDAS SOBRE REMUNERACIONES, BENEFICIOS SOCIALES, PLAZAS DOCENTES Y EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO El ministerio de educación ha hecho públicos cuatro anuncios respecto a las acciones que realiza con la finalidad de revalorar a los docentes de país. Respecto al incremento remunerativo destaca que: El primer tramo del aumento a S/1780 se dio en marzo para docentes nombrados y a partir de agosto para contratados (jornada de 30 horas pedagógicas) El incremento es pensionable. El segundo tramo que permitirá alcanzar un piso salarial de S/2000 se hará en 2018 y sin incremento de horas en la jornada laboral. Sobre los beneficios sociales: En la Ley de Presupuesto 2018 se propondrá: Pago de beneficios (CTS y subsidio por luto y sepelio) para docentes contratados y Pago igualitario por encargatura. Sobre las plazas docentes: Se incrementó el número de plazas docentes de 22 000 a más de 34 000 para el concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial. Respecto a la evaluación de desempeño: A partir del 22 de julio el MINEDU realizará en todo el país Talleres de profundización sobre los criterios e instrumentos de la evaluación de desempeño para docentes de educación inicial.
MEDIDAS A TOMAR EN CASOS DE APOLOGÍA AL TERRORISMO, VIOLACIÓN Y TRÁFICO DE DROGAS.

Mediante OFICIO MULTIPLE Nº 133-2017-GRJ-DREJ/UGEL -T/DIR, la UGRL Tarma comunica que toda persona que preste servicios en las instancias de gestión educativa Descentralizada (IGET) de su ámbito obligatoriamente deberán denunciar formalmente en caso tome conocimiento que algún servidor del personal docente o administrativo esté implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas. En el mismo caso los señores directores deberán aplicar medidas extraordinarias, según Ley Nº 29988, Decreto Supremo Nº 004-2017-MINEDU y Oficio Múltiple Nº 042-2017-MINEDUNMGI-DIGC Oficio Múltiple Nº 101-2017-GRJ/DRE-J, lo que implica tomar la medida administrativa preventiva prevista en el artículo 44 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, la cual consiste en su separación preventiva, dentro de las veinticuatro (24) horas.